¿Tu coche ha sido embargado o multado? Lo primero que debes saber es que sí puedes contratar un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes.
Una sanción o embargo no te impide asegurar el vehículo. De hecho, sigue siendo obligatorio cumplir con la ley y disponer de la cobertura mínima legal.
No obstante, sí es cierto que algunas aseguradoras limitan el contrato de pólizas para vehículos sancionados. Por suerte, existen otras aseguradoras flexibles con seguros temporales específicamente pensados para situaciones como esta.
¿Se puede asegurar un coche con embargo o multas pendientes?
La respuesta rápida y que necesitas escuchar es que sí es posible contratar un seguro para un coche con embargo o multa pendiente.
Antes de profundizar en las condiciones y consecuencias, vamos a dejar claro qué es un embargo y qué una multa.

Definición de embargo y multa
Se entiende por embargo, según la definición de la Agencia Tributaria:
“Cuando un deudor no realice el pago de una deuda en periodo voluntario, ni durante el plazo concedido con la notificación de la providencia de apremio que ha recibido (plazos del artículo 62.5 LGT), que ya incorpora el correspondiente recargo, se iniciará la fase de embargo. En esta fase el cobro de las deudas se realiza mediante la ejecución de los bienes que sean titularidad del deudor, emitiéndose las correspondientes diligencias de embargo, para obtener el importe de las deudas más los recargos, intereses y costas a través de estos bienes.”
Es decir, en caso de haber contraído una deuda y no haberla pagado a tiempo, un organismo público puede cobrar dicha deuda embargándote bienes que tengas en propiedad. Uno de esos bienes puede ser tu coche, que pasaría a estar bajo embargo.
Una multa es una sanción económica por haber incumplido la normativa de circulación legal (por ejemplo, por circular sin el cinturón de seguridad o por superar el límite de velocidad). La multa se asigna al vehículo, pero el responsable de pagarla será el conductor o el titular del coche, dependiendo del tipo de infracción.
Puede ocurrir que una persona tenga una deuda elevada por el impago de varias multas de tráfico. En ese caso, la Dirección General de Tráfico, como organismo público, puede ordenar el embargo del coche o de otros bienes. A esto se le denomina “ejecución forzosa” y está recogida en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015) y en el Reglamento de procedimiento sancionador (Real Decreto 320/1994).
¿Puedo asegurar un coche que tiene un embargo o multas sin pagar?
Tanto con embargos como con sanciones, el vehículo debe seguir cumpliendo requisitos como tener la responsabilidad civil obligatoria, pasar la ITV o pagar el impuesto de circulación en tu ayuntamiento.
Mucha gente piensa que un coche embargado no puede circular, pero no es así. La prohibición de circular solo afecta a coches que, tras ser embargados, son precintados, es decir, sobre los que pesa un precinto administrativo o judicial.
Generalmente, el embargo es una medida de presión para que el deudor pague. Solo cuando el impago persiste, el embargo acaba en subasta y podrías perder tu coche.
Lo normal, no obstante, es que no llegues a esa situación y que, antes siquiera de embargar tu coche, embarguen tus cuentas o incluso tu salario hasta que se salde la deuda.
En cualquier caso, como ves, el embargo es una situación complicada y que genera inestabilidad, razón por la que muchas compañías de seguros se niegan a emitir pólizas para coches embargados o con cargas legales. Consideran que hay riesgo de fraude y de que el asegurado no pague la prima.
La diferencia entre asegurar y cambiar de titularidad
Bajo embargo, el coche puede y debe seguir asegurado. Donde sí hay limitaciones, que no prohibiciones, en su venta y el consecuente cambio de titularidad.
No son acciones prohibidas precisamente porque es mediante la venta, consiguiendo un precio más justo que en una subasta, cuando un deudor puede conseguir dinero para liquidar la deuda.
Por supuesto, al tratarse de un coche embargado, la DGT avisará al comprador, ya que este, además del coche, asumiría la deuda. Si acepta y firma el documento de subrogación financiera, la venta podrá completarse.
En caso de no aceptarse la subrogación de la deuda, el vendedor deberá saldar la deuda y solicitar el levantamiento de embargo para proceder con la transferencia.
Esto aplica a cualquier caso de cambio de titularidad, aunque no haya venta de por medio, como puede ser una donación.
¿Qué tipo de seguro me permite circular legalmente en esa situación?
Hemos visto que los coches con sanciones impagadas y embargos deben seguir teniendo una póliza activa. A pesar de ello, hemos visto también que algunas aseguradoras no asumen riesgos y rechazan asegurar a un conductor con problemas administrativos y económicos.
¿Qué solución existe? La de los seguros temporales. Al tener una duración determinada y generalmente breve, ser flexibles y no tener renovaciones anuales, las aseguradoras temporales están más abiertas a cubrir coches en situaciones excepcionales.

¿Qué cubre el seguro temporal si el coche tiene cargas?
Un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes puede contratarse desde un solo día hasta seis meses. Así, la duración de la cobertura es temporal y no de un año, como acostumbran los seguros tradicionales.
La flexibilidad de estas pólizas los convierte en una solución ideal como seguro para coche con cargas o embargos, en los que los contratos anuales ya no son una alternativa, pero sigue siendo necesario asegurar el coche y cumplir con la ley.
Como conductor o titular, puedes acudir a esta cobertura temporal durante el trámite para solventar el embargo. Evitarás quedar desprotegido y sanciones legales adicionales por circular sin seguro.
Además, su otra ventaja es la facilidad y rapidez en contratar un seguro temporal. La contratación inmediata a través de internet simplifica un proceso que, de otro modo, se sumaría a los otros muchos trámites en los que ya estás implicado.
Casos donde es útil una póliza temporal
Un seguro por días, semanas o meses es útil en múltiples situaciones, siendo asegurar un coche embargado una de ellas.
- Durante el embargo: al no poder acceder al seguro anual, una póliza temporal es una solución legal, rápida y efectiva para poder circular de acuerdo con la ley y la normativa de tráfico.
- Pasar la ITV: bien sea la ITV de un coche embargado o con sanciones, o de un coche que aún no tiene la matrícula española, pero debe pasar la ITV para obtenerla. Tener la ITV en regla y al día es de vital importancia y, en situaciones excepcionales como estas, los seguros temporales son la mejor alternativa hasta poder contratar uno anual.
- Eventos o viajes concretos: hay conductores que apenas usan el coche y ni lo sacan del garaje. Es el caso de vehículos clásicos, pero también de segundos automóviles que sustituyen al principal en emergencias, como cuando está en el taller. Para estos coches, una cobertura de responsabilidad civil es todo lo que necesitan durante el año. Sin embargo, cuando tienen que circular, conviene contratar una póliza temporal adicional que los proteja en carretera.
¿Cómo contratar un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes?
Al ser generalmente un seguro online, es muy sencillo contratar una póliza temporal, incluso con el coche bloqueado por las deudas.

¿Qué documentos necesitas para contratar un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes?
Igual que si lo contratase en cualquier otra circunstancia, al contratar el seguro temporal, deberás aportar una serie de documentos:
- Datos personales, además del DNI y el carnet de conducir.
- Datos del vehículo (como la matrícula, el número de chasis o la categoría, modelo y características técnicas).
- Datos del uso previsto del vehículo (especialmente el inicio y finalización del seguro).
Proceso rápido, online y sin cambiar la titularidad
Si se trata de una emergencia, como ya hemos comentado, el seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes sigue siendo la opción más adecuada.
Se contrata fácilmente a través de internet, lo que, además, te permite comparar presupuestos, coberturas y condiciones. Cuando pagues la prima y termines de subir la documentación, recibirás el contrato en tu email. En cuestión de minutos habrás solucionado un trámite.
Si justo vas a vender el coche embargado, el seguro temporal es aún más recomendable. El nuevo propietario puede contratar también su seguro sin cambiar la titularidad del coche, lo que garantiza que estará protegido hasta completar el trámite de transferencia.
Limitaciones a tener en cuenta al contratar un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes
Al contratar cualquier seguro hay que tener muy en cuenta el condicionado y entender sus limitaciones.
Un seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes es una manera de circular con garantías, pero en ningún momento es la solución total al embargo en sí mismo.

¿Qué cubre y qué no cubre un seguro temporal en estos casos?
Como mínimo e igual que cualquier póliza, un seguro temporal cubre la responsabilidad civil obligatoria.
Más allá de eso, puedes contratar coberturas adicionales como:
- Cobertura de asistencia en carretera
- Protección jurídica
- Coberturas de daños propios
- Cobertura por robo
- Cobertura de lunas y cristales
- Coberturas para ocupantes del vehículo
Importante: un seguro temporal no te libera del embargo
Hemos visto lo que sí puede llegar a cubrir un seguro temporal, pero es igualmente crucial entender que no cubre las multas ni libera del embargo.
En España, la Ley de Contrato de Seguro especifica que, en ningún caso, la póliza de seguro cubrirá las multas de tráfico. Estas solo podrá pagarlas el titular o conductor del vehículo, nunca la aseguradora, que solo se hará cargo de los daños propios o ajenos ocasionados por un siniestro.
Por ejemplo, si provocas un siniestro por exceso de velocidad, tu compañía de seguros cubrirá los daños propios y a terceros, según la cobertura contratada, pero nunca pagará la multa por conducir a una velocidad superior a la legal.
De igual modo, la aseguradora, si tienes contratada la cobertura de protección jurídica, cubrirá el recurso de la multa, pero no la multa en sí.
Tampoco el seguro libera del embargo de la DGT o de otro organismo, pues la deuda sigue existiendo. Únicamente permite circular legalmente.
Consejos para solucionar el embargo mientras estás asegurado
Solucionada la contratación del seguro temporal para coche con embargo o multas pendientes, es momento de afrontar las sanciones.

Cómo pagar las multas o negociar el embargo poco a poco
La negociación de las deudas dependerá de con quién tengas dichas deudas.
Si se trata de acreedores privados (por ejemplo, el banco), el proceso del embargo será mucho más largo y deberá ser por la vía judicial. En otras palabras, debe haber una denuncia y el juzgado tomará la decisión final sobre el embargo.
Deuda con la Administración
Tanto Hacienda como la Seguridad Social tienen potestad para ejecutar embargos sin pasar por el juzgado. Este es el caso de las deudas por multas de tráfico impagadas, ya que son recaudadas por Hacienda.
No obstante, antes de cualquier embargo, llegará el procedimiento de apremio, en el que se te notificará la deuda y se requiere el pago. Suele haber 30 días para pagar y, si no, se inicia la fase de embargo.
Antes de todo esto, cuando es más fácil negociar, puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
El aplazamiento es de 12 a 24 meses para personas físicas y de 6 a 12 meses para personas jurídicas. Además, si la deuda es inferior a 50.000 €, no necesitarás ningún aval para aplazarla.
En cambio, si la deuda supera esa cantidad, sí. Básicamente, el aval o garantía de pago es un documento en el que un notario certifica que, como deudor, tienes dinero en propiedades o productos financieros que puedes vender o rescatar, respectivamente, para pagar la deuda tras el aplazamiento.
De no tener aval, puedes solicitar el NRC (Número de Referencia completo) para justificar ingresos que vayas haciendo para reducir la deuda hasta los 50.000 € y poder así aplazar sin aval.
Deuda con acreedores
Si la deuda la tienes con acreedores (por ejemplo, el banco), el proceso del embargo será mucho más largo y deberá ser por la vía judicial. En otras palabras, debe haber una denuncia y el juzgado tomará la decisión final sobre el embargo.
Si el embargo efectivamente se ejecuta, en casos excepcionales, se puede negociar y pagar a plazos la deuda. No obstante, llegar a un acuerdo de este tipo siempre es más fácil antes que tras una sentencia judicial.
Las excepciones por las que sí se permite el fraccionamiento son:
- Tras acuerdo entre acreedor y deudor.
- Cuando el deudor demuestra que vive una situación económica complicada, pero que, mediante cuotas en vez de en un solo pago, podría hacer frente a la deuda.
- Cuando el deudor se declara insolvente y se fija un sistema de pagos planificados.
Ley de la Segunda Oportunidad
En los casos más extremos, cuando el embargo se ejecuta y el deudor sigue sin poder pagar, ni siquiera mediante aplazamiento o fraccionamiento, puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Suele ser la última opción porque requiere iniciar un proceso judicial y recabar muchísima documentación. Para acogerse a ella hay una serie de requisitos:
- Tener deudas con al menos dos acreedores distintos (por ejemplo, con Hacienda y con un banco).
- Declararse insolvente.
- Acreditar que las deudas se han contraído actuando de buena fe (no haber sido condenado por delitos financieros o haber formado parte de fraudes).
- No haberse acogido a la Ley de la Segunda Oportunidad en los últimos cinco años.
Si se acepta el acogimiento, el deudor puede cancelar su deuda al completo o parcialmente:
- Cancelación total con la liquidación de todo su patrimonio: aunque el valor de este sea inferior a la deuda. La deuda se cancela en su totalidad, pero, a cambio, el deudor se queda sin nada de patrimonio. Las únicas deudas que no se cancelarían son la pensión de alimentos y las deudas con Hacienda y Seguridad Social por encima de los 10.000 euros.
- Cancelación parcial con plan de pagos: no se cancelan todas las deudas, pero tampoco se pierde todo el patrimonio. Según la situación económica del deudor, el juez determina qué porcentaje de la deuda puede asumir y con qué plan de pagos, que durará de 3 a 5 años. El resto de la deuda, si se cumple con el plan, se cancela.
¿Qué precauciones debo tomar para evitar más problemas?
El último consejo que podemos darte es mantenerte al tanto de las obligaciones y prohibiciones de la DGT, evitando multas y el pago de intereses.
Por ejemplo, si pagas la multa al momento, esta se reduce al 50%. Así que si has cometido la infracción por la que te sancionan y no vas a recurrirla, no dejes que se acumulen y reduce las deudas desde el inicio.
¿Qué puedes hacer si tu coche tiene embargo o multas?
Aunque tener un coche con embargo o multas pendientes puede generar preocupación, lo importante es saber que sí puedes asegurarlo y seguir circulando legalmente siempre que no exista un precinto que lo impida.
El embargo no te libera de la obligación de contar con la responsabilidad civil obligatoria, del mismo modo que tampoco invalida la necesidad de pasar la ITV o mantener al día el impuesto de circulación.
El desafío suele aparecer cuando las aseguradoras tradicionales rechazan emitir pólizas en vehículos con cargas o sanciones, ya sea por riesgo financiero o por limitaciones internas. En este punto, los seguros temporales se convierten en una solución fiable y rápida para propietarios que necesitan circular, pasar la ITV o simplemente mantener su vehículo legal mientras resuelven la deuda.
En este contexto, SeguroTemporal.es destaca como una opción ideal. Ofrecemos pólizas rápidas, claras y adaptadas a situaciones excepcionales, asegurando que no te quedes desprotegido mientras gestionas los trámites con Hacienda, Tráfico o tus acreedores.
