¿Cuáles son las limitaciones para conducir en España con matrícula extranjera? Según las reglas de 2025, estas limitaciones dependen del tiempo y del tipo de situación del propietario del coche en España.
Así, quienes solo vienen de visita únicamente pueden conducir su coche extranjero durante un tiempo determinado. Este tiempo es otro cuando se trata de nuevos residentes que están tramitando su certificado de empadronamiento.
Todas estas cuestiones vamos a resolverlas en esta guía de 2025 para conductores con matrícula extranjera.
¿Cuánto tiempo puedo conducir en España con matrícula extranjera según mi caso?
Como adelantábamos, el tiempo durante el que se puede conducir en España con matrícula España, según las reglas de 2025, sigue dependiendo de los casos concretos.

No residentes (turistas, estancias cortas): hasta 6 meses en un año
Quienes vienen a España como turistas o hacen un viaje con fecha de vuelta a su país, pueden circular con matrícula extranjera hasta un total de seis meses consecutivos dentro de un mismo año natural.
Esta limitación la marca el hecho de que, pasados 183 días (seis meses) en España, se considera que este país deja de ser residencia temporal para convertirse en residencia habitual. En consecuencia, el coche debe adquirir la matrícula nacional.
Residentes en España: 30 días tras empadronamiento o entrada
Otro caso es el de las personas que se mudan a España y legalizan su nueva residencia. Ellas deben adquirir las nuevas placas antes de que pasen 30 días desde que se adquiere la condición de residente fiscal en España, lo que suele coincidir con el empadronamiento o la obtención del NIE con finalidad de residencia.
Este plazo también aplica a españoles que ya tienen la residencia en España (o poseen un establecimiento comercial aquí) y compran un coche extranjero. Sus 30 días empiezan a contar desde que el vehículo entra en el país y se oficializa su importación. Al ser residentes fiscales, deben estar al tanto de las obligaciones de su país.
Así lo establece la normativa LSV en su artículo 68:
“Deben ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos a los que se refiere el apartado anterior, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España. Reglamentariamente se establecerán los plazos, requisitos y condiciones para el cumplimiento de esta obligación y las posibles exenciones a la misma.”
Reubicación de bienes personales: hasta 60 días
Hay un caso muy específico para personas que se trasladan a España y hacen ese traslado con el coche. Es decir, no viajan en avión, tren o cualquier otro medio de transporte, sino que usan el vehículo propio para hacer la mudanza.
En este contexto, el plazo aumenta a 60 días, ya que el coche forma parte del menaje y se utiliza para la reubicación (o mudanza) de bienes personales.
Por supuesto, pueden darse varios casos a la vez. Para evitar sanciones, es fundamental tener siempre presentes las circunstancias, las fechas que se toman de referencia y los plazos legales.
Pongamos dos ejemplos similares:
- Un conductor viaja a España desde Andorra, utilizando su propio coche para el trayecto. Tras permanecer 6 meses en España como turista, decide mudarse y hacer el cambio de su residencia habitual. A partir de ese momento en el que tramita y oficializa la nueva residencia, tiene 60 días para matricular el coche, ya que dicho coche forma parte del menaje.
- Ese mismo conductor viaja a España desde Andorra, pero viene en avión, trasladando su coche también en avión. Tras los seis meses de tránsito temporal, oficializa su residencia. A partir de ese momento, tiene un plazo de 30 días para adquirir la matrícula nacional.
¿Cuál es el procedimiento legal si me empadrono y quiero seguir usando el coche?
Según las reglas de 2025, los nuevos residentes pueden conducir en España con matrícula extranjera durante un máximo de 30 días desde su empadronamiento. O 60, si ha utilizado el vehículo para el traslado de sus bienes.
Por lo tanto, quien se empadrone en España en 2025 y quiera seguir usando su coche, debe iniciar el procedimiento para conseguir las placas nacionales. Para ello, debe seguir estos pasos y asumir ciertos gastos:
- Acreditar la titularidad del vehículo mediante la documentación original del vehículo, incluido el Certificado de Conformidad Europeo (CoC). Si no tienes el CoC, deberás solicitar la ficha técnica reducida.
- Pasar la ITV española en una estación ITV autorizada, donde, además de la prueba técnica, solicitarán el permiso de circulación y el CoC. También es obligatorio contar con un seguro activo, pudiendo este ser temporal.
- Realizar el pago de impuestos asociados a la matriculación:
- Impuesto de matriculación: que se paga a través del modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Tributaria. Es de pago único y el precio depende de los niveles de CO2 que emita el vehículo. Si has usado tu coche como medio para hacer el traslado a España de tu residencia habitual, puede que estés exento de pagar este impuesto. Revisa las condiciones en el Art. 66.1.n) Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
- Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde te hayas empadronado. Es un impuesto anual que depende de la potencia del vehículo.
- Pagar la tasas de la DGT para matriculación (27,85 € para ciclomotores y 99,77 € para otros vehículos, según el cuadro de tasas vigente en 2025) y presentar el documento de solicitud, junto al resto de justificantes.
- Esperar la aprobación y, una vez recibida, acudir a una tienda especializada, pagar el importe de matrícula y colocarla.

¿Qué ocurre si ya soy residente en España y traigo un vehículo de extranjero?
En caso de que un residente compre un coche en el extranjero y, por lo tanto, se trate de un vehículo importado, deberá seguir el mismo procedimiento. No obstante, deberá presentar algunos otros documentos:
-
- Factura de compra, o contrato e Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si la venta ha sido entre particulares. Estos documentos también deberán presentarse en la ITV, ya que en el permiso de circulación aún no aparecerá el nuevo propietario.
- Impuestos vinculados a la compraventa de coches:
- Si se ha comprado un coche nuevo en países de la UE/EEE: el IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA.
- Si se ha comprado un coche de segunda mano dentro de la UE:
-
-
-
- A un particular: contrato de compraventa traducido e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales
- A un compraventa español: factura y documento expedido por Hacienda que demuestre que estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
- A un compraventa no español: factura en la que aparezca el número de IVA.
-
-
- Si se ha comprado en países terceros de fuera de la Unión Europea: una copia del contrato o factura de compraventa que valide tu titularidad del coche, y el pago de las tasas e impuestos aduaneros correspondientes.
¿Qué sanciones existen si me paso del plazo?
¿Qué ocurre si hay un control de tráfico y la Guardia Civil revisa el estado de matriculación de mi coche? Incumplir los plazos legales y conducir en España con matrícula extranjera durante más tiempo del estipulado, te enfrenta a una serie de sanciones.

Multas e inmovilización del vehículo
La normativa de 2025 establece una sanción de 500-1500 euros para los coches que circulan con matrícula extranjera por España fuera del plazo establecido. También podría suponer la inmovilización del vehículo.
Si, además, el vehículo no cuenta con una póliza, podría suponer una multa de hasta 3000 €. Recordemos que cualquier coche, tenga una matrícula nacional o una extranjera, debe tener contratado obligatoriamente, y como mínimo, un seguro de responsabilidad civil.
A esto habría que sumarle posibles gastos complementarios, como tener que acudir y sacar el coche del depósito municipal tras su inmovilización.
¿Hay excepciones para estudiantes, trabajadores o diplomáticos?
Una pregunta común cuando se trata de conducir en España con matrícula extranjera, es si hay excepciones para personas que, por su trabajo o estudios, circulan entre países con cierta asiduidad.
La respuesta corta es que, siempre que no se superen los 6 meses, es decir, siempre que no se conviertan en un residente fiscal en España, pueden circular con sus coches extranjeros sin tener que matricularlos (o empadronarse).
Este es el caso de trabajadores temporales o que viajan mucho por trabajo, estudiantes que están realizando alguna estancia Erasmus, o diplomáticos.

¿Qué documentos debo presentar siempre al volante?
Para evitar problemas al conducir en España con matrícula extranjera y cumplir con la normativa de 2025, es imprescindible tener en regla algunos documentos de circulación y llevarlos siempre encima cuando conduzcas:
- Permiso internacional de conducir: el permiso de conducir extranjero solo será válido en España si ha sido expedido por un país de la UE/EEE o si existen convenios bilaterales con España. En el resto de casos, se necesita el permiso internacional de conducción, que es un carnet complementario al carnet nacional. Solo hay que realizar el canje de permiso (es decir, renunciar al anterior para adquirir el carnet español) si se superan los 3 meses para turistas o personas que están de paso, o los 6 meses para nuevos residentes.
- Permiso de circulación y ficha técnica del país de origen
- DNI/pasaporte o NIE y certificado de empadronamiento
- Seguro internacional o Carta Verde: existe la opción de solicitar la Carta Verde a la aseguradora, es decir, el certificado internacional. Otra alternativa es contratar una póliza española, pero temporal, para el tiempo que necesites conducir en España con matrícula extranjera. En España la ley establece que ningún coche puede circular sin el seguro obligatorio de responsabilidad civil y, aunque desde 2008 no es obligatorio llevar el contrato siempre, es lo recomendable para poder consultarlo rápidamente en caso de siniestro.
Una alternativa para los conductores residentes en España, es descargar la app DGT. Desde ahí se puede consultar toda la documentación digital. Una vez descargada la app, puedes acceder a ella a través de Cl@ve o del certificado digital. Allí tendrás tu permiso de conducir, por ejemplo, que tendrá la misma validez que el documento físico.
Consejos prácticos para no meterte en problemas al conducir en España con matrícula extranjera
Antes de acabar, compartimos algunos consejos para conducir en España con matrícula extranjera y hacerlo sin problemas ni riesgos.

Lleva siempre tus documentos actualizados y vigentes
Documentos como el contrato de seguro o el permiso de conducir solo serán válidos si tienen la cobertura y la validez adecuadas, y si están vigentes.
Si la Guardia Civil o cualquier otra autoridad te da el alto y descubre que tu seguro está caducado, a nivel legal es como si no lo tuvieses contratado y estuvieses circulado sin seguro, por lo que procedería a multarte e inmovilizar el vehículo.
Esto es muy importante si has escogido contratar pólizas temporales. La flexibilidad de estos seguros es recomendable para viajes internacionales o mientras se está tramitando la matriculación, ya que cubren coches con placas extranjeras. No obstante, es crucial llevar un control exhaustivo de cuándo están activos para evitar brechas en la cobertura.
Empieza el trámite de matriculación cuanto antes
Una vez adquieras la residencia española y te empadrones en un Ayuntamiento, empieza los trámites de matriculación definitiva cuanto antes.
Recuerda que solo dispones de 30 días para completar la solicitud, y que esta implica otras cuestiones como pasar la ITV. Lo mismo ocurre si ya eres ciudadano español y acabas de importar un coche. En un mes debes dejar de circular en España con matrícula española, así que cuanto antes inicies el proceso, mejor.
Afortunadamente, con la digitalización, puede hacerse todo el trámite telemático sin tener que acudir a oficinas o pedir citas. Para ello, asegúrate de tener un certificado digital vigente.
Otra opción para agilizar los trámites es contratar a una gestoría como Schengen Auto. Esta empresa se encargará de toda la documentación y de procesos como acudir a pasar la ITV. Es una solución para quienes quieren delegar o quienes, por carga de trabajo (como los profesionales de la compra-venta), no pueden asumir toda la gestión.
Solicita la matrícula temporal verde
Un trámite que no todo el mundo conoce es el de las placas provisionales verdes, conocidas de manera oficinal como matrícula temporal.
Esta matrícula puede adquirirse, de manera temporal, una vez que se ha comenzado la matriculación y mientras se espera a que esta se resuelva.
Es una alternativa a la que acuden muchos conductores que acaban de comprar un vehículo importado. Estas placas verdes les permiten ganar algo de tiempo si, por cualquier motivo justificado, están agotando el plazo de 30 días.
La matrícula temporal permite que el vehículo circule con libertad y de manera totalmente legal. Tiene un coste de 20,61 €.
¿Qué normativa de 2025 debo tener presente sobre zonas de bajas emisiones y matriculación?
Hemos hablado del Impuesto de Circulación y de cómo el precio de este depende de las emisiones del coche.
Estas emisiones también son importantes para las zonas de bajas emisiones (ZBE). La Ley del Cambio Climático y Transición Energética, publicada en el BOE-A-2021-8447, estableció que todas aquellas ciudades y municipios de más de 50000 habitantes deberían establecer ZBE, es decir, zonas en las que el tráfico estuviese restringido.
No te preocupes porque, aunque la ley es esa, hay muchas zonas que no han puesto en marcha ninguna ZBE. Otras, como Madrid o Barcelona, sí, y tenerlas en cuenta es fundamental, ya que, según las emisiones de tu coche, podrás o no circular por ellas.
Por ejemplo, en Madrid Central, los coches que no cuenten con el distintivo ambiental requerido, que son muchos, no pueden circular.
En definitiva, debes consultar y solicitar el distintivo ambiental de tu vehículo. Este es, en esencia, una autorización de acceso a las ZBE. O, por el contrario, un impedimento para dicho acceso.
Con estos distintivos, que no son obligatorios, pero sí recomendables (sobre todo si distinguen tu vehículo como menos contaminante), se pretende favorecer el uso y la compra de vehículos más respetuosos con el medio ambiente.
Una vez realizada la autorización previa y comprobado que tienes derecho a un distintivo ambiental, podrás adquirirlo gratuitamente en diferentes lugares, como oficinas de Correos, redes de talleres autorizados, gestores administrativos, IDEAUTO, estancos autorizados y Ganvam (para flotas de vehículos).
Si quieres tener información detallada de las restricciones en cada ciudad, te recomendamos echar un vistazo a esta guía de RACE.
Trámites, responsabilidades y garantías para conducir en España con matrícula extranjera
Conducir en España con matrícula extranjera implica conocer y respetar una serie de plazos, condiciones y requisitos legales que varían según tu situación como turista, nuevo residente o profesional en tránsito.
La normativa vigente en 2025 ofrece ciertas flexibilidades, pero también sanciones claras en caso de incumplimiento. Por ello, es fundamental informarse bien antes de circular y mantener actualizada toda la documentación.
Para completar este proceso con seguridad, contar con un seguro adecuado es esencial. Un seguro temporal puede proteger tu vehículo durante el periodo de importación, matriculación o tránsito en España, especialmente si aún no dispones de matrícula nacional. En este sentido, en Seguro-Temporal.es ofrecemos pólizas flexibles, adaptadas a estos periodos intermedios, que te permiten circular con tranquilidad y cumplir con la ley desde el primer momento.